Condiciones para Vendedores
BORRADOR — PENDIENTE DE REVISIÓN JURÍDICA
Las presentes condiciones establecen las reglas generales aplicables a quienes aportan activos u operaciones para su comercialización a través de ACTIVOS LiberDebit.
Podrán actuar como aportantes, según corresponda en cada operación, propietarios, vendedores, administradores concursales, intermediarios u otros profesionales debidamente autorizados.
Cada operación podrá estar además sujeta a un contrato y a condiciones particulares que complementen estas condiciones generales.
1. Capacidad para aportar una operación
Quien solicite la publicación de una operación declara disponer de capacidad o autorización suficiente para facilitar la información correspondiente y promover su comercialización.
Cuando actúe en representación de un propietario, sociedad, administración concursal u otro tercero, deberá disponer de las facultades necesarias para ello.
ACTIVOS LiberDebit podrá solicitar documentación que permita acreditar dicha capacidad o representación antes de publicar o continuar con una operación.
2. Información facilitada
El aportante es responsable de facilitar información suficiente, correcta y actualizada sobre los activos.
Esta información puede incluir, entre otros elementos:
-
descripción y composición de los activos;
-
titularidad;
-
situación jurídica;
-
ubicación;
-
imágenes;
-
documentación;
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valoración o precio;
-
composición de lotes y liquidaciones;
-
modalidad de comercialización;
-
condiciones de visita;
-
cargas o circunstancias relevantes;
-
y cualquier otra información necesaria para presentar correctamente la operación.
Las circunstancias relevantes para un potencial comprador no deberán ocultarse deliberadamente.
3. Lotes y Liquidaciones
Una operación puede estructurarse como Lote o como Liquidación.
Un Lote agrupa uno o varios activos que se comercializan como una unidad.
Una Liquidación puede agrupar varios lotes y activos dentro de una única operación principal.
Cuando una liquidación se comercialice como conjunto, sus lotes podrán utilizarse para organizar, describir y consultar sus componentes, sin que ello implique necesariamente que puedan venderse individualmente.
La ficha publicada deberá permitir identificar claramente qué bienes forman parte de cada operación.
4. Modalidad de comercialización
La operación podrá configurarse mediante Venta Directa o Presentación de Ofertas, según las condiciones acordadas.
Venta Directa
Se establece un precio para la adquisición de la operación conforme a las condiciones publicadas.
Presentación de Ofertas
Los interesados podrán presentar ofertas durante el periodo establecido para la operación.
La ficha podrá mostrar la última oferta presentada, los incrementos aplicables y la fecha y hora de cierre.
La modalidad elegida deberá corresponder con las condiciones contractuales de la operación.
5. Publicación de la operación
Antes de su publicación podrán revisarse la estructura, información, documentación y condiciones de la operación.
La publicación supone poner la operación a disposición de potenciales compradores conforme a la modalidad establecida.
La información pública y la información protegida deberán diferenciarse adecuadamente.
6. Información protegida y NDA
El aportante podrá facilitar información cuya consulta deba quedar restringida a interesados autorizados.
ACTIVOS LiberDebit podrá proteger dicha información mediante mecanismos de acceso y acuerdos de confidencialidad (NDA).
Los potenciales compradores podrán consultar inicialmente la información pública y solicitar acceso a la información protegida conforme al procedimiento establecido.
El aportante deberá identificar correctamente aquella información que requiera tratamiento confidencial.
7. Modificación de una operación
Mientras una operación se encuentre en preparación podrán realizarse las modificaciones necesarias antes de su publicación definitiva.
Una vez publicada, determinadas modificaciones podrán afectar a las condiciones bajo las que los compradores han conocido o participado en la operación.
Por este motivo, los cambios sobre datos contractuales o económicos sustanciales podrán requerir revisión antes de hacerse efectivos.
Entre otros, pueden considerarse relevantes los cambios relativos a:
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composición de la operación;
-
activos o lotes incluidos;
-
propietario o aportante;
-
administrador concursal;
-
modalidad de comercialización;
-
precio o valoración;
-
comisiones u honorarios;
-
importe neto;
-
exclusividad;
-
persona obligada al pago;
-
depósitos;
-
y demás condiciones esenciales.
Cuando corresponda, una modificación sustancial podrá requerir la actualización de la documentación contractual o una nueva aceptación o firma.
8. Protección de operaciones con ofertas abiertas
Una vez iniciado un proceso de ofertas, la estabilidad de las condiciones publicadas resulta esencial para proteger a los participantes.
Por ello, las condiciones esenciales de una operación no deberán modificarse libremente una vez abierto el proceso cuando el cambio pueda afectar a las ofertas presentadas o a las expectativas legítimas de los participantes.
Cuando resulte imprescindible efectuar una modificación relevante, deberá determinarse previamente cómo afecta al proceso abierto y si procede su suspensión, cancelación, revisión o reinicio.
9. Exclusividad
Cuando una operación se haya contratado en régimen de exclusividad, deberán respetarse las condiciones y el periodo de vigencia acordados.
Durante dicho periodo, las condiciones esenciales de la operación y su disponibilidad deberán mantenerse conforme al compromiso asumido.
Cualquier circunstancia que pueda afectar a la exclusividad o a la disponibilidad del activo deberá comunicarse inmediatamente.
10. Liquidaciones y modificación de lotes
La modificación de los lotes que integran una liquidación puede afectar a la composición de la operación principal.
Cuando existan ofertas abiertas, compromisos vigentes, lotes vendidos o adjudicados u otras circunstancias que afecten a la liquidación, no deberán realizarse modificaciones incompatibles con la situación existente.
Cuando sea necesario reorganizar una liquidación, podrá resultar necesario despublicarla, revisar su composición y volver a validar las condiciones antes de su nueva publicación.
La modificación sustancial de una liquidación podrá requerir asimismo la revisión o actualización de su documentación contractual.
11. Visitas e interesados
Cuando la naturaleza de los activos lo permita, podrán habilitarse solicitudes de visita.
El vendedor o responsable de la operación deberá colaborar, cuando corresponda, en la organización de dichas visitas y comunicar cualquier limitación relevante.
Las solicitudes y el seguimiento de interesados podrán gestionarse mediante las herramientas disponibles en ACTIVOS LiberDebit.
12. Ofertas recibidas
En las operaciones mediante Presentación de Ofertas, las propuestas recibidas quedarán asociadas a la operación correspondiente.
La identidad y datos de los participantes serán tratados conforme a las reglas aplicables al proceso y no deberán divulgarse indebidamente.
El aportante deberá respetar las condiciones establecidas para la recepción, tratamiento y eventual adjudicación de las ofertas.
13. Solicitudes de compra
En las operaciones de Venta Directa podrán recibirse solicitudes de compra de interesados.
La recepción de una solicitud deberá gestionarse conforme a las condiciones particulares de la operación y al procedimiento establecido para su formalización.
14. Depósitos
Cuando la operación requiera depósitos de compradores, su importe, finalidad y régimen deberán estar establecidos previamente.
La gestión y destino del depósito se regirán por las condiciones correspondientes y no deberán alterarse una vez iniciado el proceso salvo causa debidamente justificada y conforme a las reglas aplicables.
15. Intermediarios y colaboradores
Una operación puede contar con la participación de intermediarios o colaboradores autorizados.
Cuando exista intermediación deberán quedar determinadas las funciones de cada participante y, cuando corresponda, las condiciones económicas o comisiones aplicables.
La intervención de intermediarios no modifica por sí misma la titularidad de los activos ni las facultades necesarias para autorizar su venta.
16. Comisiones y honorarios
Las comisiones, honorarios y demás condiciones económicas relacionadas con la operación serán las establecidas contractualmente.
Cuando intervengan diferentes profesionales o intermediarios, el reparto económico deberá ajustarse a lo acordado para la operación.
Las modificaciones que afecten a comisiones, honorarios, pagadores o importes netos podrán considerarse modificaciones contractuales sustanciales.
17. Disponibilidad de los activos
El aportante deberá comunicar inmediatamente cualquier circunstancia que afecte a la disponibilidad total o parcial de los activos.
Esto incluye, entre otras situaciones, su venta, adjudicación, retirada, deterioro relevante, modificación jurídica o cualquier circunstancia que impida continuar la comercialización en las condiciones publicadas.
18. Operaciones concursales
Cuando los activos procedan de un procedimiento concursal, la publicación y comercialización deberán respetar las facultades, autorizaciones y reglas aplicables al procedimiento.
La intervención de ACTIVOS LiberDebit como plataforma de comercialización no sustituye las actuaciones, autorizaciones o decisiones que correspondan al administrador concursal, órgano judicial u otros participantes cuando sean necesarias.
19. Adjudicación y formalización
La selección de comprador y la formalización de la transmisión se realizarán conforme a las condiciones particulares de la operación y, cuando corresponda, a las reglas del procedimiento del que procedan los activos.
La existencia de una solicitud de compra o de una oferta no deberá interpretarse por sí sola como transmisión definitiva mientras no se hayan cumplido los requisitos aplicables.
20. Colaboración durante el proceso
El aportante deberá colaborar razonablemente para mantener actualizada la operación y facilitar las actuaciones necesarias para su comercialización.
Cuando ACTIVOS LiberDebit solicite confirmación de información relevante antes de publicar, modificar, adjudicar o formalizar una operación, deberá proporcionarse la información necesaria para continuar el proceso con seguridad.
21. Condiciones particulares y contrato de operación
Estas condiciones tienen carácter general.
Cada operación podrá disponer de un contrato de operación y de condiciones particulares que determinen específicamente su composición, modalidad, precio, exclusividad, honorarios, intermediación y demás aspectos relevantes.
Cuando exista documentación contractual específica, esta deberá interpretarse conjuntamente con las presentes condiciones en aquello que resulte aplicable.
22. Aceptación
La aportación y utilización de ACTIVOS LiberDebit para comercializar activos implica el cumplimiento de las condiciones aplicables al perfil y a la operación.
Cuando sea necesaria una aceptación o firma expresa, la operación no deberá avanzar a las fases correspondientes hasta que se hayan cumplido los requisitos establecidos.
Información adicional
Para comprender el funcionamiento comercial del marketplace pueden consultarse las páginas:
Lotes
Liquidaciones
Venta Directa
Presentar una Oferta
Estas páginas explican el funcionamiento general de ACTIVOS LiberDebit. Las presentes Condiciones Vendedores, el contrato de operación y las condiciones particulares regulan las obligaciones aplicables a cada operación.